El pasado 1 de enero de 2016 entró en vigor la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, la cual incorpora cambios en las bonificaciones e incrementos respecto a las cuotas liquidas del año 2015. Bonificaciones de la cuota íntegra para: Viviendas de protección oficial: 50% de bonificación durante los cuatro primeros años, 30% durante el quinto y un 10% en el sexto año. Familias numerosas: el porcentaje de bonificación se cuantifica según el…... Ver artículo
El pasado 1 de enero de 2016 entró en vigor la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, la cual incorpora cambios en las bonificaciones e incrementos respecto a las cuotas liquidas del año 2015.
Bonificaciones de la cuota íntegra para:
- Viviendas de protección oficial: 50% de bonificación durante los cuatro primeros años, 30% durante el quinto y un 10% en el sexto año.
- Familias numerosas: el porcentaje de bonificación se cuantifica según el valor catastral del inmueble y el tipo de familia numerosa.
- Viviendas con sistemas de conservación térmica o eléctrica de la energía solar: bonificación del 50% los tres años posteriores a la instalación de dichos sistemas.
- Inmuebles desocupados de manera permanente: se aplicará un recargo del 50% de la cuota líquida del impuesto respecto a los inmuebles de uso residencial.
En cuanto a los incrementos de la cuota líquida de 2015:
- Viviendas:
- Valor catastral hasta 300.000€: 0%
- Valor catastral de más de 300.000€: 6%
- Aparcamientos:
- Valor catastral hasta 15.000€: 10%
- Valor catastral de más de 15.000€: 20%
- Otras actividades, servicios y solares:
- Valor catastral hasta 60.000€: 10%
- Valor catastral de más de 60.000€: 20%
Puede consultar la totalidad de la Ordenanza Fiscal en: http://ajuntament.barcelona.cat/hisenda/sites/default/files/ORDENAN%C3%87A%201.1.pdf
