Principales novedades del IRPF en materia inmobiliaria. Ley 26/2014, BOE Nº 288 Arrendamiento de inmuebles: Para el arrendador-propietario: Se elimina la reducción del 100% de los rendimientos derivados del arrendamiento de vivienda a los arrendatarios con edad comprendida entre los 18 y 30 años. Se establece una única reducción del 60%. Se disminuye el porcentaje de retención a cuenta de arrendamientos sujetos a IVA (locales, trasteros…) del 21% al 20%. Para el arrendatario: Supresión de…... Ver artículo
Principales novedades del IRPF en materia inmobiliaria.
Ley 26/2014, BOE Nº 288
Arrendamiento de inmuebles:
Para el arrendador-propietario:
Se elimina la reducción del 100% de los rendimientos derivados del arrendamiento de vivienda a los arrendatarios con edad comprendida entre los 18 y 30 años. Se establece una única reducción del 60%.
Se disminuye el porcentaje de retención a cuenta de arrendamientos sujetos a IVA (locales, trasteros…) del 21% al 20%.
Para el arrendatario:
Supresión de la deducción por alquiler de la vivienda habitual en los alquileres de vivienda celebrados a partir del 1 de enero de 2015.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP y AJD): El impuesto que tributa el arrendatario por la formalización de un contrato de arrendamiento no sujeto a IVA pasa del 0,3% al 0,5%.
Transmisión por la venta de un inmueble:
En la venta o donación de inmuebles adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 1994 se limita la aplicación de los coeficientes de abatimiento a los primeros 400.000 euros de valor de transmisión.
Se eliminan los coeficientes reductores, conocidos como coeficientes de corrección monetaria, aplicados hasta ahora para corregir el efecto de la inflación.
Las personas mayores de 65 años podrán acogerse a exenciones en caso de transmisión de bienes, ya sean muebles o inmuebles (acciones, fondos de inversión…), si destinan las ganancias patrimoniales obtenidas a una renta vitalicia a su favor, con un límite de 240.000 euros.
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